Qué hacer si una entidad pública no responde tu petición o toma una decisión que te perjudica, entre otros casos
Toda persona tiene el derecho constitucional de petición: cualquier entidad pública está obligada a responder dentro de los plazos legales. Si no lo hace, incurre en silencio administrativo positivo o negativo, y puedes exigir el cumplimiento por la vía judicial.
Evalúa tu reclamo gratis →Derecho de petición no respondido en el plazo legal (15 días hábiles en general)
La entidad no respondió tu petición a tiempo y quieres hacer valer el silencio administrativo
Acceso a información pública negado sin justificación legal
Recursos administrativos no resueltos (reposición y apelación)
Demoras en trámites de licencias, permisos y certificados
Una entidad pública tomó una decisión que te perjudica sin darte la oportunidad de defenderte
Cobros o multas impuestas por una entidad pública que consideras injustos o incorrectos
Incumplimiento de obligaciones por parte de entidades del Estado
Entre otras
Toda petición debe ser respondida en máximo 15 días hábiles (10 si pides documentos o información, 30 si es una consulta)
Si la entidad no responde, opera el silencio administrativo: por regla general negativo (puedes recurrir) y positivo solo cuando una ley lo dice expresamente
Acceso gratuito a documentos e información pública salvo excepciones taxativas
Interponer acción de tutela si la entidad viola tus derechos fundamentales
Acción de cumplimiento para exigir que la entidad ejecute una norma o acto administrativo
La Alcaldía lleva 3 meses sin responder tu derecho de petición sobre un predio
El ICFES no te entrega los resultados de impugnación de tus notas en el plazo legal
La DIAN no resuelve tu recurso de reposición contra una liquidación oficial
Una entidad niega acceso a información pública sin indicar la excepción legal aplicable
Llevas 6 meses esperando la expedición de una licencia de construcción que debía tardarse 45 días hábiles
Redactar el derecho de petición correcto con todos los elementos legales requeridos
Insistir ante la entidad y preparar los recursos administrativos, que firmas y presentas tú
Preparar la acción de tutela por vulneración del derecho de petición, que presentas tú
Escalar ante la Procuraduría o la Defensoría del Pueblo cuando corresponda
Nuestro equipo redacta el escrito personalizado para tu caso, con base en las normas vigentes, y te lo entrega listo para presentar.
15 días hábiles por regla general; 10 si pides documentos o información y 30 si es una consulta (Ley 1755 de 2015, art. 14).
Es el efecto que tiene la falta de respuesta. Por regla general es negativo: se entiende que te negaron lo pedido y puedes recurrir. Solo es positivo cuando una ley lo dice expresamente (CPACA, arts. 83 y 84).
Puedes presentar una acción de tutela por vulneración del derecho fundamental de petición. El juez debe decidir en máximo 10 días.
La evaluación es gratis. Para casos sin valor económico te damos un precio cerrado antes de empezar. Nuestro equipo también puede redactarte el derecho de petición o la tutela por $19.000.
Evalúa tu caso ahora. Es gratis, sin compromiso y tienes una respuesta en minutos. Solo pagas si ganamos.
Evalúa tu reclamo gratis →Sin costo inicial · Solo gestionamos pretensiones inferiores a 40 SMLMV