Cómo impugnar una fotomulta, un comparendo mal notificado o una multa de un carro que ya vendiste, entre otros casos
Tienes derecho a impugnar cualquier comparendo o fotomulta que consideres injusta. La ley colombiana te da 11 días hábiles desde la notificación para comparecer y presentar descargos. Si la autoridad no siguió el procedimiento correcto o el dispositivo no estaba calibrado, el comparendo puede ser anulado.
Evalúa tu reclamo gratis →Plazo crítico: tienes 11 días hábiles desde la notificación oficial para comparecer y presentar descargos. Si dejas pasar el plazo, pierdes la oportunidad de defenderte y la autoridad puede declararte responsable de la infracción.
Fotomultas por cámaras de velocidad o semáforos mal calibradas
Comparendos en los que la placa fue registrada incorrectamente
Sanciones donde la señalización era deficiente o inexistente
Impugnación de comparendos impuestos por agentes de tránsito
Comparendos notificados fuera del plazo legal
Duplicidad de comparendos por el mismo hecho
Multas cuya notificación no cumplió el procedimiento legal
Multas de vehículos que ya fueron vendidos y siguen apareciendo a tu nombre en el SIMIT
Entre otras
11 días hábiles desde la notificación para presentar descargos o solicitar audiencia
Que los dispositivos de detección estén debidamente calibrados y certificados
Que te envíen la notificación dentro de los 3 días hábiles siguientes a la validación del comparendo
Recursos de reposición y apelación, que se presentan en la propia audiencia
Ser oído en audiencia pública y presentar pruebas, por ti mismo o con un abogado
Te llegó una fotomulta de una cámara pero la señal de velocidad no era visible
Registraron mal la placa de tu vehículo y te impusieron el comparendo a ti
El certificado de calibración de la cámara estaba vencido al momento de la infracción
Te notificaron la fotomulta 6 meses después del supuesto incidente
Recibiste dos comparendos idénticos por el mismo hecho el mismo día
Verificar si la notificación fue legal y si el plazo de impugnación sigue vigente
Analizar los argumentos técnicos y legales para impugnar el comparendo
Redactar tus descargos y los argumentos de los recursos
Presentar solicitudes y peticiones ante el organismo de tránsito y hacer el seguimiento
Preparar tu intervención en la audiencia de impugnación, a la que debes asistir tú o un abogado
Nuestro equipo redacta el escrito personalizado para tu caso, con base en las normas vigentes, y te lo entrega listo para presentar.
11 días hábiles desde la notificación para comparecer y presentar descargos (Ley 1843 de 2017, art. 8). Es un plazo corto: conviene actuar en cuanto te notifiquen.
La notificación debe enviarse dentro de los 3 días hábiles siguientes a la validación del comparendo (Ley 1843 de 2017, art. 8). Una notificación tardía o mal hecha puede ser motivo de impugnación.
Si el traspaso no quedó registrado, la fotomulta llega a quien figura como propietario. Hay que demostrar la venta y regularizar el traspaso.
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