La herramienta más rápida para exigir una respuesta a una entidad o empresa
El derecho de petición es el derecho que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas y a obtener una respuesta de fondo en un plazo fijado por la ley. La Constitución lo reconoce como un derecho fundamental.
Puedes presentarlo ante cualquier entidad pública y también ante empresas y organizaciones privadas. Es gratuito y no necesitas abogado.
Redactado por nuestro equipo · Personalizado para tu caso · Listo para presentar
Pedir información o copias de documentos (tu historia clínica, un contrato, una factura, el estado de un trámite).
Pedir que corrijan un cobro, un dato o una decisión que te perjudica.
Presentar una queja o un reclamo formal ante una entidad pública o una empresa.
Exigir una respuesta sobre un trámite que lleva tiempo sin moverse.
Hacer una consulta a una autoridad sobre un tema de su competencia.
Regla general
15 días hábiles
Desde que radicas la petición. No cuentan sábados, domingos ni festivos.
Documentos e información
10 días hábiles
Si no responden a tiempo, la solicitud se entiende aceptada y deben entregarte las copias en los 3 días siguientes.
Consultas
30 días hábiles
Cuando preguntas a una autoridad sobre un tema a su cargo.
Si necesitan más tiempo
Máximo el doble
Deben avisarte antes de que venza el plazo, explicar el motivo y darte una nueva fecha, que no puede superar el doble del plazo inicial.
Lugar y fecha. Ciudad y fecha en que presentas la petición.
Destinatario. Nombre de la entidad o empresa y, si lo conoces, el cargo de quien debe responder.
Tus datos. Nombre, documento de identidad y una dirección física o electrónica para recibir la respuesta.
Hechos. Lo que pasó, en orden y con fechas. Breve y concreto.
Petición. Lo que pides, numerado y sin ambigüedades. Es la parte más importante.
Fundamentos de derecho. Las normas concretas que respaldan tu solicitud. Son las que le dan solidez al escrito.
Anexos. Los documentos que acompañan la petición (facturas, contratos, correos).
Firma. Tu firma y tus datos de contacto.
La respuesta debe llegar dentro del plazo y debe ser de fondo: clara, completa y que resuelva lo que pediste. Una respuesta evasiva o que no aborda tu petición también incumple la ley.
Si se vence el plazo sin respuesta, o la respuesta no resuelve lo que pediste, puedes presentar una acción de tutela por vulneración del derecho fundamental de petición. Es el siguiente paso más habitual y el juez debe decidir en máximo 10 días.
En servicios públicos domiciliarios (agua, luz, gas) la regla es más favorable: si la empresa no responde en 15 días hábiles, se entiende que tu petición fue resuelta a tu favor. Se llama silencio administrativo positivo.
Nuestro equipo lo redacta por ti
Nos cuentas tu caso en un formulario corto y nuestro equipo prepara tu escrito personalizado, con base en las normas vigentes, listo para presentar.
$19.000
pago único · COP
Redactar mi escrito por $19.000 →No. Cualquier persona puede presentarlo directamente, sin abogado y sin costo. La ley dice expresamente que no se necesita representación de abogado.
Sí. La ley permite presentarlo ante organizaciones privadas, como bancos, operadores de telefonía, EPS o empresas de servicios públicos.
Hábiles: no cuentan sábados, domingos ni festivos. Se cuentan desde el día siguiente a la radicación.
Sí, si la entidad tiene un canal electrónico habilitado. Guarda el correo enviado y cualquier acuse de recibo: es tu prueba de radicación.
Una respuesta que no resuelve el fondo de tu petición no cumple la ley. En ese caso puedes insistir o presentar una acción de tutela por vulneración del derecho de petición.
$19.000 COP, pago único. Nuestro equipo redacta tu derecho de petición personalizado para tu caso, con base en las normas vigentes, y te lo entrega listo para radicar.
Sobre esta guía
Elaborada por el equipo de TuReclamo.co con base en las normas vigentes en Colombia.
Actualizada el 2 de octubre de 2026.
Información general: no constituye asesoría jurídica profesional ni reemplaza la consulta con un abogado titulado.