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Servicios públicos domiciliarios

Cómo reclamar una factura de agua, luz o gas, un corte sin aviso o un medidor dañado, entre otros casos

Las empresas de servicios públicos domiciliarios están sujetas a uno de los regímenes de protección al usuario más completos de Colombia. La Ley 142 de 1994 y la SSPD garantizan tu derecho a recibir el servicio de calidad y a impugnar cualquier cobro incorrecto.

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¿Qué situaciones cubre?

Facturas con consumo anormalmente elevado o estimado erróneamente

Corte del servicio sin previo aviso o sin causa legal justificada

Demoras excesivas en la reconexión tras pagar la deuda

Cobros por obras de infraestructura que no corresponden al usuario

Lecturas de medidor incorrectas o medidores defectuosos

Negativa a instalar el servicio en zonas con obligación de cobertura

Cargos por conceptos no contemplados en la tarifa regulada

Cobro de consumos de hace más de cinco meses que la empresa dejó de facturar

Entre otras

Tus derechos legales

1

Recibir el servicio de forma continua y con la calidad establecida

Ley 142/1994 (régimen de los servicios públicos domiciliarios)
2

Reclamar contra la factura y, si te responden en contra, presentar recursos de reposición y apelación. No proceden reclamos contra facturas con más de 5 meses de expedidas

Ley 142/1994, art. 154
3

No tener que pagar las sumas que estás reclamando mientras se resuelve el reclamo (solo lo no discutido)

Ley 142/1994, art. 155
4

Que el consumo estimado no se cobre si el medidor falla por causa imputable a la empresa

Ley 142/1994, art. 146 (medición del consumo)
5

Presentar queja ante la SSPD si la empresa no resuelve en los plazos legales

Ley 142/1994, arts. 154 y 159

Casos frecuentes

›

Tu factura de energía es mucho más alta que el mes anterior sin explicación

›

EPM te cortó el agua sin notificación previa estando al día en los pagos

›

Llevas días esperando la reconexión después de haber pagado

›

Tu medidor lleva meses dañado y la empresa te sigue cobrando consumo estimado alto

›

La empresa te cobra ahora consumos de hace más de cinco meses que no facturó en su momento

Cómo te ayudamos

→

Revisar si la factura tiene bases legales o es impugnable

→

Redactar el recurso de reposición ante la empresa prestadora

→

Escalar ante la SSPD o la Superintendencia sectorial competente

→

Acompañarte en el proceso hasta la corrección de la factura y la devolución del cobro

Entidades competentes

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) Comisiones de regulación sectoriales (CREG, CRA, CRES)

¿Prefieres gestionarlo tú mismo?

Nuestro equipo redacta el escrito personalizado para tu caso, con base en las normas vigentes, y te lo entrega listo para presentar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tiene la empresa para responder mi reclamo?+

15 días hábiles. Si no responde, se entiende que tu reclamo fue resuelto a tu favor (silencio administrativo positivo, Ley 142 de 1994, art. 158).

¿Tengo que pagar la factura mientras reclamo?+

Debes pagar la parte que no estás discutiendo. La empresa no puede exigirte el pago de las sumas que son objeto del reclamo mientras este se resuelve (Ley 142 de 1994, art. 155).

¿Hasta cuándo puedo reclamar una factura?+

No proceden reclamos contra facturas con más de cinco meses de expedidas (Ley 142 de 1994, art. 154). Conviene reclamar en cuanto detectes el error.

¿Cuánto cuesta reclamar con TuReclamo.co?+

La evaluación es gratis. Si el monto a recuperar supera $250.000, cobramos el 20% de lo que recuperes y solo si ganamos.

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